Esta iniciativa, que actualmente se encuentra en consulta pública por parte del Ministerio de Salud, establece que "no serán tomadas en cuenta las variaciones en el Ingreso Base de Cotización que excedan el cuarenta por ciento (40%) respecto del promedio de los doce (12) meses inmediatamente anteriores al inicio del descanso remunerado", indica el proyecto.
Actualmente en Colombia, el Ingreso Base de Cotización, con el cual se calcula en valor de pago de incapacidad por día, se encuentra establecido en el 66%, lo cual quiere decir que si un trabajador gana en promedio 10 mil pesos por jornada laboral, sus días de incapacidad se cancelan con un costo de 6 mil 600 pesos, ingreso que disminuiría con la iniciativa del gobierno.
"El ingreso base de cotización sobre el cual se debe realizar la liquidación para el reconocimiento de las prestaciones económicas, corresponderá al reportado en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, con el que se haya cotizado al momento en que se causa el derecho", indica el proyecto de decreto.
Así mismo, dentro de este proyecto de decreto que adelanta el ministerio se establece que los empleadores deberán cotizar durante el periodo que dure la incapacidad y que el valor de este pago será proporcional al mismo que reciba de pago a los días que no pueda laborar por incapacidad de cualquier tipo.
Fuente: http://bit.ly/1yedE3K