En algunas zonas del país se estableció la vacunación obligatoria contra la peste porcina clásica (PPC). La medida aplica para todas las personas naturales o jurídicas que posean, movilicen o comercialicen porcinos, así como aquellas que desarrollen la porcicultura o distribuyan biológicos o la vacuna contra la peste porcina clásica.
Los lugares del territorio nacional que se les exigirá esta medida son: Apartadó, Arboletes, Cáceres, Carepa, Caucasia (excepto las veredas Cutura, Puerto Triana y Puerto Colombia), Chigorodó, Mutatá, Nechí, Necoclí, San Juan de Urabá, San Pedro de Urabá, Tarazá, Turbo y Valdivia (veredas Monteblanco, La Siberia, Playa Rica, Juantas, El Quince, El Catorce, Puquí, Puerto Raudal, Los Pomos, Cachirime, La Paulina, La Alemana, Raudal Viejo, La Coposa, Las Camelias, Las Palomas) en Antioquia.
Además, en todos los municipios de Arauca, Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, La Guajira, Magdalena, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Sucre.
El Instituto Colombiano Agropecuario estableció que los lechones deberán recibir la primera vacunación entre los 45 y 60 días de edad. Las cerdas de reemplazo se vacunarán a los cuatro o cinco meses de edad. Las cerdas de cría se vacunarán semestralmente después de los 90 días de gestación o en la primera semana de lactancia. Los machos reproductores se vacunarán semestralmente. Las hembras y machos de reproducción se identificarán con la chapeta oficial al inicio de su ciclo productivo y se conservará durante los siguientes ciclos de vacunación.
Solo se permitirá el uso de vacunas registradas ante el ICA, cuya composición contenga virus vivo modificado de peste porcina clásica con Cepa China, adaptada en cultivos celulares. La entidad prohibió la movilización de porcinos vacunados hacia zonas libres.