Por 6 meses, alivio en servicios para los damnificados

La Asociación Colombiana de Distribuidores de Energía Eléctrica (Asocodis) y Empresas Públicas de Medellín (EPM) señalaron que habrá que esperar la reglamentación del Decreto 129 de 2011, expedido por el Gobierno al amparo de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, por el que se dispuso el alivio, por seis meses, en tarifas de servicios públicos domiciliarios a los damnificados y afectados por el invierno.

Para Asocodis, la norma aplica a periodos facturados con posterioridad al decreto, mientras EPM entiende que tendría aplicabilidad desde antes de diciembre, cuando el invierno ya había causado daños. En lo que sí coinciden el gremio y el ente autónomo de servicios, es que se trata de algo beneficioso para las empresas y los usuarios.

Ser damnificado
El decreto "se aplica a los prestadores, suscriptores y/o usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas natural, acueducto, alcantarillado y aseo localizados en los municipios y/o distritos reportados oficialmente por la Dirección de Gestión de Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia, en el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, como afectados o damnificados por el Fenómeno de La Niña 2010-2011".

José Camilo Manzur Jattin, director de Asocodis, explicó que los beneficiarios de los alivios deberán acreditar su calidad de damnificados y que corresponderá a las empresas cruzar la información de sus bases de datos con la de las autoridades.

Bajo Cauca
Fuentes indicaron que para la compañía el caso más grave se observa en el suministro de energía en poblaciones como Caucasia, Nechí y El Bagre, en el Bajo Cauca, aunque no se atrevieron a precisar una cifra de afectados.

También afirmaron que se revisa con detalle el impacto del invierno en Urabá y en el Aburrá, el sector de La Gabriela, en Bello, hará parte del programa de alivios.

Para aplicar los cobros EPM venía usando el mecanismo de lectura promedio en los inmuebles afectados por el invierno, como lo ordena la regulación, pero a partir de las nuevas disposiciones se estudiará la aplicación de otras medidas, que se tendrán que validar, para no exponer la empresa a sanciones.

Entre las posibilidades que se contemplan figura el que los suscriptores damnificados no paguen intereses por mora de las deudas que tenían con EPM, o que no se haga el cobro a quienes habían tomado algún plan de financiación para conectarse a los servicios.

Fuente: http://bit.ly/hz6Z3D

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