La sentencia fue motivada en la presión que ejercía el banco sobre el desarraigado, Luis Eduardo Luján Arango, para que pagara un crédito de 5 millones de pesos.
En una decisión trascendental para los desplazados por la violencia, la Corte Constitucional falló una tutela a favor de un campesino de Caucasia, ordenó a una entidad bancaria refinanciar el saldo del préstamo, eximirlo de intereses de mora y detener cualquier acción judicial en su contra.
"Si además de buscar alojamiento y una forma de llevar sustento a su familia, el desplazado también debe llevar una carga financiera imposible de solventar. El banco puede exigir la totalidad de la deuda; no obstante, no puede ir en contravía de los derechos del deudor", dice en uno de sus apartes la providencia.
E1 14 de abril del 2009 el comerciante Luis Eduardo Luján Arango, adquirió el préstamo, pero un año después tuvo que salir con su familia de Caucasia, por amenazas de paramilitares. Hasta ese momento había cancelado 10 de las 36 cuotas mensuales pactadas con una entidad bancaria de ese municipio de Bajo Cauca Antioqueño.
Fuente: http://www.rcnradio.com/noticias/locales/13-10-10/sentencia-de-la-corte-constitucional-obliga-entidad-bancaria-refinanciar-e